Crece presión oficialista para perpetuar 19 años el régimen de Evo
Magistrado del TCP dice que el TSE está obligado a cumplir fallo sobre reelección. Pero la adelantada candidatura de Morales fue ya rechazada por en el referéndum de 2016 que un año después fue validado por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) mediante un fallo que ha provocado varias movilizaciones a favor y en contra. Esperan decisiones de la CIDH y el TSE-Bolivia para hacer cumplir la ley y la mayoría del referéndum (Imagen ABI-24 julio: Morales apunta a un objetivo en un cuartel de Tarata, Cochabamba)
Arriba: el mandatario rumbo a un encuentro de madrugada con sus asistentes y dirigentes de la Conalcam en el viejo palacio de gobierno que será sustituido como sede por otro de casi 35 MM/$us.
Uno de los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, defendió la sentencia que viabiliza la repostulacion indefinida de Evo Morales a la presidencia y aseguró que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) debe cumplir ese fallo en apego al artículo 203 de la Constitución Política del Estado, que de ninguna manera puede ser modificado, reportó El Deber.
Consultado si el Tribunal Supremo Electoral puede asumir otra determinación dando prioridad a los resultados del referéndum del 21 de febrero tal como lo reclaman diferentes sectores, Ceballos respondió que “el artículo 203 de la Constitución Política del Estado es categórico, es clara y eso se cumple”.
Ese artículo establece que las “sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son vinculantes y de cumplimiento obligatorio y contra ellas no cabe recurso ulterior alguno”.
“Es una posición institucional que ya lo hicimos conocer, únicamente nos queda ratificarnos en aquello”, sentenció Ceballos.
Agregó que el tema jurídicamente está resuelto, pero hay posiciones encontradas al respecto que están en “búsqueda de una decisión política” y que esto finalmente tendrá una solución dentro del marco de la democracia intercultural.
CUESTIONAMIENTOS
El lunes, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) respondió a las plataformas ciudadanas que revindican el No de la consulta del 21F y que demandaron a la entidad un pronunciamiento sobre la repostulación del presidente Evo Morales. Hizo saber que cumple su rol enmarcado estrictamente en la ley y respetando la jerarquía normativa y distribución de competencias que define la Constitución Política del Estado (CPE).
“De conformidad con el principio de legalidad y jerarquía normativa, contemplado en el artículo 4 numeral 8 de la Ley N° 18 del Órgano Electoral Plurinacional del 16 de junio de 2016, el Tribunal Supremo Electoral sustenta sus actos y decisiones de manera estricta en el marco de la Constitución Política del Estado, Leyes y Reglamentos vigentes, respetando la jerarquía normativa y distribución de competencias establecidas en la Constitución”, reseña una de dos notas suscritas por la Secretaría de Cámara.
En el referéndum de 2016 los bolivianos rechazaron la reforma del artículo 168 de la CPE para autorizar la repostulación del Presidente y del Vicepresidente por dos veces de manera continua.
REPOSTULACIÓN
En el marco de la anticipada campaña electoral para las elecciones generales de 2019, dirigentes sindicales de los cocaleros de Cochabamba reivindicaron el último fin de semana la repostulación de Morales para las elecciones presidenciales de 2019,
Pero la adelantada candidatura de Morales fue ya rechazada por en el referéndum de 2016 que un año después fue validado por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) mediante un fallo que ha provocado varias movilizaciones a favor y en contra, recordó La Razón.
Los críticos de la prolongada estancia de Morales en el poder buscan anular esa disposición con la mediación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y otros mecanismos internos como los ejecutados ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) que anticipó que hará cumplir la ley.
EX VOCAL IMPUGNADO INSISTE
El exvocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Wilfredo Ovando consideró que “el tema de la repostulación ya es un caso concluido, cerrado y resuelto” con el fallo del TCP que avaló la repostulación del presidente Evo Morales pese al 21F.
Cuando cumplía funciones, el también jurista fue cuestionado por la oposición por su supuesta afinidad con el gobierno de Morales, de hecho, el tribunal al que perteneció renunció tras una crisis generada bajo ese tipo de acusaciones.
Ovando afirmó esta semana que la repostulación de Morales es un “caso cerrado” y a esa entidad no le resta debatir ni analizar nada, sino solo cumplir con el fallo constitucional que la válida.
“Lo único que tiene que hacer el TSE es simplemente dar cumplimiento cabal y correcto a la sentencia constitucional. No tiene nada que deliberar, dilucidar, nada sobre escuchar criterios y opiniones de nadie”, señaló la exautoridad a la radioemisora estatal Patria Nueva.
En noviembre de 2017, el Tribunal Constitucional Plurinacional (CPE) emitió un fallo que autoriza la repostulación de Evo Morales argumentando la aplicación preferente de convenios internacionales, en este caso el Pacto de San José de Costa Rica, que sería vulnerado con las disposiciones que ponen límites a la repostulación.
En ese marco, Ovando consideró que “el tema de la repostulación ya es un caso concluido, cerrado y resuelto”.