Código de Ética de la Federación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia

FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA PRENSA DE BOLIVIA

Aprobado en el X Congreso ordinario. Trinidad, 10 de marzo de 1991

LOS TRABAJADORES DE LA PRENSA DE BOLIVIA ADOPTAN COMO PRINCIPIOS DE ÉTICA PROFESIONAL LAS SIGUIENTES NORMAS:

  1. Los periodistas están siempre al servicio de la verdad, la justicia, el bien común, los derechos humanos, los ideales de perfeccionamiento humano y la paz entre los hombres.
  1. Los periodistas evitarán por todos los medios que se dicten disposiciones que anulen o censuren el ejercicio de la libertad de expresión e información.
  1. Los periodistas deben abstenerse de toda actuación deshonesta, juicios calumniosos, plagio, acusaciones sin prueba o ataques injustificados a la dignidad, o peligro de personas, instituciones o agrupaciones.
  1. Los periodistas tienen la obligación de salvaguardar el derecho que tiene toda persona a su intimidad y vida privada, propia y familiar, salvo que vulneren las leyes que norma el país.
  1. Para obtener noticias, fotografías, imágenes o documentos, los periodistas solamente podrán usar medios que sean justos, honestos y razonables.
  1. Ningún periodista está obligado a expresarse en contra de su conciencia y sus convicciones. En caso de conflicto con la empresa por cambio de ideología de ésta, los periodistas tendrán derecho a una indemnización justa, no inferior a la que establezcan las leyes para los casos de despidos.
  1. Los periodistas no deberán mostrar en sus noticias, programas radiales o televisivos, discriminación alguna contra personas, sean éstas por raza, color sexo, religión, opinión política, origen nacional o social.
  1. Los periodistas tienen la obligación de respetar el derecho de autor y mencionar la autoría, sin sacar ventajas personales de una información adquirida en el desempeño de sus funciones antes de que la misma sea de dominio público.
  1. Los periodistas rectificarán espontáneamente e inmediatamente las informaciones inexactas o erróneas, así como concederán el derecho de réplica, rectificación y respeto a toda persona o institución que lo solicite. Los rumores noticias e informaciones sin confirmar, deberán presentarse e identificarse como tales.
  1. Los periodistas tendrán siempre presente la lealtad que debe regir su relación con la empresa que los contrató, porque sus actuaciones comprometen en mayor o menor grado a la empresa para la cual trabajan, teniendo a su vez derecho a un salario justo.
  1. Los periodistas no podrán recibir remuneración alguna de institución pública o privada que frecuente por razones informativas. Es incompatible el ejercicio simultáneo del periodismo con el de relaciones públicas o asesorías de prensa cuando el periodista tiene asignada como fuente la institución para la cual también trabaja.
  1. Quienes ejerzan funciones de dirección sindical, sea cual fuera su nivel, no podrán utilizar influencias para obtener trabajo en empresas o instituciones que no tengan carácter periodístico.
  1. Los periodistas están obligados a reforzar la solidaridad profesional y las relaciones fraternales en el trabajo, sin desinformar a los otros colegas en el ejercicio de la profesión para consolidar su propia posición y obtener una situación mejor.

Los criterios y normas, del presente CÓDIGO DE ETICA serán obligatorias para todos los afiliados de la Federación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia.

Los periodistas que actúan en el espíritu del presente CÓDIGO DE ETICA gozarán del pleno apoyo y respeto de sus redacciones, sindicatos y de la FTPB.

Los periodistas deberán lograr que el presente CÓDIGO DE ETICA sea colocado en sitio público en todas las redacciones de prensa, radio y televisión del país, así como colaborar para que sea conocido, aceptado y practicado por todos los miembros de la Federación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia.

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