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Asambleistas opositores calificaron el reinicio de sesiones como inconstitucional, aunque según el reglamento aprobado una sesión puede ser instalada un mínimo de 128 asambleistas. La sesión fue instalada con 145 asambleistas.
El Liceo Militar de la Glorieta, lugar donde sesionan los Constituyentes, se encuentra a siete kilómetros del centro de la ciudad.
La sesión se instaló con un orden del día que no toca el tema de la capitalidad, sino que está centrado en la modificación de los reglamentos de debates que le permitan entregar el nuevo texto constitucional el 14 de diciembre, fecha establecida como el límite por las leyes de convocatoria a la Constituyente.
Según la propuesta de modificación, se prevé reducir ampliar el tiempo de trabajo a 10 horas diarias, reducir el el tiempo para el informe de las comisiones, bancadas y las representaciones departamentales, además que se habilita los días sábados y domingo para sesionar.
Incidentes
Mientras la Constituyente se instalaba en el recinto militar, al medio día, grupos intentaron tomar el Teatro Gran Mariscal, lugar donde sesionó la Asamblea Constituyente y el mismo comando de la Policía. Resultado de esos choques, se registraron 13 detenidos, mientras que la Policía denunció 5 heridos, todos ellos efectivos policiales.
Un improvisado cabildo realizado en Sucre, resolvió desconocer a la Asamblea Constituyente y sus resoluciones, convocó a la desobediencia civil, pidió la renuncia del prefecto y pidió un referéndum por la autonomía y por la capitalidad plena.
Los campesinos y otros pobladores que se instalaron en Sucre para pedir la continuidad del Foro fueron resguardados por la Policía para evitar enfrentamientos.
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Osgoode Hall Law School de York University en Toronto y Oñati Instituto Internacional de Sociología Jurídica, 31 de agosto 2010
Declaración pública sobre el régimen de inversión internacional
Tenemos una preocupación común ante el daño causado al bienestar público por el régimen de inversión internacional tal como está estructurado en la actualidad, especialmente en la manera en que dicho régimen obstaculiza la capacidad de los gobiernos para proteger a los pueblos en respuesta a las preocupaciones que conciernen el desarrollo humano y la sostenibilidad ambiental.
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El 17 de marzo de 2009, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), presentó ante la Corte Constitucional para el Período de Transición una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Minería publicada en el registro oficial No. 517 del 29 de enero de 2009. La demanda de la CONAIE contenía objeciones de forma y fondo a la ley, sin embargo fue la falta de consulta prelegislativa a pueblos y nacionalidades indígenas la que levantó más revuelo en los ámbitos jurídico y político del país. De fallar a favor, la Corte Constitucional crearía un precedente importantísimo para el pleno reconocimiento de los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas ya que toda ley posterior que amenazare con afectar sus derechos les debería ser consultada.
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