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El gobierno y la bancada del MAS se comprometieron a convertir el Decreto Supremo 28901 –que devuelve al Estado la administración del yacimiento de estaño Posokoni– en ley de la República. Los mineros reclamaban la autogestión obrera en Huanuni, que desde el punto de vista del gobierno “dislocaba completamente el proceso de nacionalización”. Esa demanda fue retirada por los trabajadores mineros, quienes ahora plantean la introducción de mecanismos de control social y de participación en la gerencia de la empresa, petición a la que accedió el gobierno.
Una tercera demanda era garantizar el monopolio estatal en la comercialización del estaño para evitar el robo de mineral. El gobierno creó el Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) mediante el Decreto Supremo N. 29165.
Otra de las demandas aceptada por las autoridades es la construcción de un nuevo ingenio para la Empresa Minera Huanuni. En cuatro meses se realizarán estudios a cargo de una comisión mixta.
El gobierno invertirá nueve millones de dólares en la compra de equipo de trabajo e implementos personales para los obreros, y otra cantidad similar para reactivar el yacimiento de Posokoni donde el Estado ya invirtió tres millones de dólares.
El paro en Huanuni ocasionó pérdidas por 645.827 dólares, informó el ministro de Minería Alberto Echazú.
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Descolonización: El desmontaje de la identidad boliviana
A diferencia de lo que la mayoría cree o percibe, la llamada "descolonización" no es exclusivamente un proceso que pretende sepultar la endeble institucionalidad y el inicuo sistema neoliberal del antiguo régimen republicano, así como a sus representantes y operadores, sino que es también un proceso que intenta desvirtuar y destruir la subjetividad de lo boliviano, es decir, sus raíces occidentales y cristianas.
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El 17 de marzo de 2009, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), presentó ante la Corte Constitucional para el Período de Transición una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Minería publicada en el registro oficial No. 517 del 29 de enero de 2009. La demanda de la CONAIE contenía objeciones de forma y fondo a la ley, sin embargo fue la falta de consulta prelegislativa a pueblos y nacionalidades indígenas la que levantó más revuelo en los ámbitos jurídico y político del país. De fallar a favor, la Corte Constitucional crearía un precedente importantísimo para el pleno reconocimiento de los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas ya que toda ley posterior que amenazare con afectar sus derechos les debería ser consultada.
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