Rada: Oposición descalifica propuestas democráticas del pueblo por temor a Morales

(ABI).- El viceministro de Coordinación con los Movimientos Sociales, Alfredo Rada, afirmó el lunes que la oposición descalifica las propuestas democráticas que hace el pueblo, para habilitar al presidente Evo Morales como candidato en 2019, por temor al liderazgo y al apoyo mayoritario que tiene el mandatario indígena.

“No es de extrañar que la oposición intente descalificar las propuestas democráticas que hace el pueblo boliviano porque muestra su temor”, dijo a la radio estatal Patria Nueva al referirse a las conclusiones del IX Congreso del Movimiento Al Socialismo (MAS) y a la multitudinaria concentración de organizaciones sociales y sindicales en el trópico de Cochabamba para respaldar la postulación de Morales a una nueva reelección.

“Un liderazgo como de Evo Morales sumado a un bloque social revolucionario, como el que se ha movilizado y se expresado en Ivirgarzama, es una formula invencible”, manifestó.

El Congreso del MAS aprobó el sábado en la ciudad de Montero, Santa Cruz, cuatro vías democráticas para buscar la repostulación de Morales como candidato para el período 2020-2025.

“Lo que ahora viene es un debate a nivel nacional”, añadió Rada. “Estos caminos son enteramente constitucionales, plenamente legítimos desde el punto de vista democrático y que además cada uno de ellos tiene antecedentes históricos que los validan”.

Se trata de una reforma parcial del artículo 168 de la Constitución sustanciada por iniciativa ciudadana con la recolección de firmas de al menos el 20% del padrón electoral de Bolivia, de 6,3 millones de ciudadanos.

La segunda vía propone una nueva reforma constitucional parcial del artículo 168 de la Constitución aprobada mediante ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por dos tercios de votos de sus miembros presentes.

La tercera reza que Morales, cuyo mandato quinquenal fenece el 22 de enero de 2020, renuncie seis meses antes para habilitarse como candidato.

Y, la cuarta, establece la habilitación mediante interpretación de la Constitución, por parte del Tribunal Constitucional, en lo inherente al acápite de la elección y reelección de presidente y vicepresidente.

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